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REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA JURISDICCIONAL DEL PODER PÚBLICO. JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE ROVIRA TOLIMA. LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE ROVIRA TOLIMA. EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el Proceso DECLARATIVO VERBAL DE PERTENENCIA, adelantado por la Señora MARÍA OFELIA SALAS DE LASERNA, contra MARCO AURELIO ACOSTA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 2.370.885, Herederos Inciertos e Indeterminados, radicada bajo el número 73-624-40-89- 002-2016- 00057-00, admitida en éste Juzgado mediante auto del veinticinco (25) de Octubre dos mil dieciséis (2016) por PRESCRIPCIÓN EXTRA-ORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, para que concurran a este proceso, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. La solicitud se refiere al predio Rural, denominado “LA VEGA”, Ubicado en la vereda fracción la manga, e identificado con la matrícula inmobiliaria No. 350- 67005 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué y ficha catastral No. 00-03-0010 -0060-000, con los siguientes linderos: Desde las quebradas la chirriadora y Cachipa, tomando la chirriadora arriba, colindando con terrenos de las palmas, hasta un punto hasta donde se encuentra una lomita, se toma esta lomita de travesía, hasta colindar con la quebrada Chichipay, por el curso de esta quebrada abajo colindando con terrenos de Domingo Vargas y Fidel García, hasta su confluencia con la Chirriadora, punto tomado como primer lindero y encierra, según escritura pública No. 427 del 11 de septiembre de 1954. Este edicto se fijará por el término de veinte (20) días en un lugar visible de la Secretaría y se publicará por dos veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario dentro del mismo término, en un diario de amplia circulación y por medio de una radiodifusora del lugar si la hubiere, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. La página del diario (El espectador, El Nuevo Día, o el Tiempo) en que aparezca la publicación y una constancia autenticada del director o administrador de la emisora sobre su trasmisión, para ser agregado al expediente. De la misma manera y una vez aportadas las fotografías de la instalación de la valla se ordenará la inclusión de su contenido en el Registro Nacional de Procesos de Pertenencia en la página Web de la Rama Judicial por el término de un (1) mes, dentro del cual podrán contestar la demanda las personas emplazadas. Se fija el presente Edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado hoy veintiuno (21) de Septiembre de dos mil diecisiete (2017). (Fdo) MARÍA ENITH BAHAMÓN MONTES SECRETARIA. Hay un sello. No. 25572.

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